INICIATIVA FISCAL 2025 Y PUNTOS FINOS DEL CIERRE FISCAL 2024
Resumen Ejecutivo: Iniciativa Fiscal 2025 y Cierre Fiscal 2024 Este podcast resume los puntos clave de la Iniciativa Fiscal 2025 y estrategias para el cierre fiscal 2024, con base en las presentaciones de C.P.C. Jorge Ayax Cabello Hdz. y Mario Orlando Beltrán López. I. Iniciativa Fiscal 2025: A. Sin Reforma Fiscal: La presidenta Claudia Sheinbaum ha reiterado que no habrá reforma fiscal. El enfoque será reforzar la fiscalización para aumentar la recaudación. B. Multas y Recargos: Se mantienen las tasas de recargos mensuales de 2023. Continúa la facilidad de reducción del 50% de la multa al pagar contribuciones omitidas y accesorios antes del acta final de visita domiciliaria. C. Estímulos Fiscales: Se mantienen la mayoría de los estímulos fiscales del Art. 16. Se modifica el estímulo de devolución del IEPS por diésel para actividades agropecuarias o silvícolas, requiriendo acreditar su uso exclusivo en maquinaria para dichas actividades. Se elimina el estímulo al derecho por utilidad compartida en la Ley de Ingresos sobre Hidrocarburos. Se incorporan estímulos para el Régimen Simplificado de Confianza (Resico) en actividades agrícolas, ganaderas, silvícolas o pesqueras, y para proyectos de inversión en cine, teatro, literatura, artes visuales, danza y música. Se suspende el estímulo al deporte de alto rendimiento. D. Beneficios Fiscales ISR: Se adicionan beneficios para personas físicas en Resico dedicadas a actividades agropecuarias, con ingresos superiores a 900 mil pesos. Se aumentan los montos máximos para estímulos fiscales a las artes y el cine. E. Cancelación de Comprobantes Fiscales: Se establece en ley la posibilidad de cancelar CFDI hasta el último día del mes de la declaración anual del ejercicio fiscal en que se expidió, con aceptación del receptor. F. Estímulo Fiscal Transitorio: Personas físicas y morales con ingresos totales no superiores a 35 millones de pesos podrán beneficiarse de un estímulo fiscal que alivia cargas por multas, recargos y gastos de ejecución, excluyendo a quienes recibieron condonaciones previas. El estímulo aplica a conceptos como multas fiscales, aduaneras y de comercio exterior, recargos y gastos de ejecución relacionados con contribuciones federales y cuotas compensatorias. No aplica a créditos fiscales remitidos al SAT para cobro, ni a pagos en especie o compensación. Para aplicar, se debe regularizar contribuciones omitidas de ejercicios 2023 o anteriores, pagando en una sola exhibición antes del 31 de diciembre de 2025, entre otros requisitos. Se excluye a contribuyentes con sentencia condenatoria firme por delitos fiscales y a los enlistados en los Artículos 69-B y 69-B Bis del Código Fiscal de la Federación. G. Subsidio al Empleo 2024: Se implementa un nuevo subsidio al empleo para trabajadores con ingresos mensuales no superiores a $9,081.00 MXN. El monto del subsidio es del 11.82% del valor mensual de la UMA. Se excluyen las primas de antigüedad, retiro, indemnizaciones y otros pagos por separación. El subsidio se aplica contra el ISR mensual del trabajador. Si el impuesto a cargo es menor al subsidio, la diferencia no se aplica a futuro ni se entrega al trabajador. Se detallan los cálculos para pagos en periodos menores a un mes y en una sola exhibición que abarquen varios meses. Los trabajadores con múltiples empleadores deben elegir a cuál aplicar el subsidio. Se generan dudas sobre la aplicación del subsidio a trabajadores que ganan el salario mínimo, ya que el SAT afirma que "al no existir impuesto a cargo" no les aplica el subsidio, aunque la ley no lo exime del ISR. H. Consideraciones para 2025: Se debe considerar la entrada en vigor de la multa por no habilitar el buzón tributario a partir del 01 de enero de 2025. Finaliza la facilidad para contribuyentes del sector de hidrocarburos de expedir CFDI Global hasta el 31 de diciembre de 2024. I. Identificación del Beneficiario Controlador: Se recuerda la obligación introducida en 2023 de identificar al "beneficiario controlador" en la contabilidad de personas morales y otras entidades jurídicas, con multas por incumplimiento que van desde $500,000.00 hasta $2,000,000.00 MXN. El SAT puede cancelar sellos digitales de empresas con socios o accionistas que son beneficiarios controladores y cometan infracciones. II. Estrategias para el Cierre Fiscal 2024: A. Antes de Iniciar: Verificar la expedición de todos los CFDI, incluyendo ingresos, anticipos, globales y pagos. Activar el buzón tributario, localizar el domicilio fiscal y cumplir con las obligaciones fiscales, incluyendo la contabilidad electrónica. Revisar diferencias en impuestos y retenciones, así como las opiniones de cumplimiento de SAT, IMSS, INFONAVIT e INFONACOT. Revisar avisos, manuales y declaraciones. Tener los contratos de servicios, adquisiciones y laborales en orden. Contar con nóminas impresas y firmadas con requisitos de la LFT. Integrar comisiones LFT, PTU, comisión mixta, reglamentación de vacaciones y el Salario Base de Cotización. Revisar SUA-IDSE-SIPARE. B. Impuesto al Valor Agregado (IVA): Cruzar IVA trasladado entre CFDI y declaraciones. Verificar requisitos de acreditamiento. Distinguir actividades gravadas al 16%, 0%, exentas y no objeto en los CFDI. Revisar objeto de impuesto y formas de pago, incluyendo compensación. Asegurar el entero de retenciones en el mes siguiente para el acreditamiento. Enviar la DIOT y preparar la DIOC. C. Impuesto Especial sobre Producción y Servicios (IEPS): Expedir comprobantes fiscales. Cumplir con el artículo 19 II LIEPS. Presentar declaraciones mensuales y anuales. Enviar informativas Multi-IEPS mensuales, trimestrales y para entidades federativas. D. Impuestos Estatales: Revisar bases de impuestos estatales para nómina y hospedaje. Revisar la legislación de cada entidad federativa sobre el impuesto sobre nóminas. Cruzar información con CFDI-n y EMA. E. Personas Morales: Revisar el objeto social en relación a las actividades realizadas durante el ejercicio. Contar con libro de actas de asamblea ordinarias y accionarias protocolizado, y libro de accionistas actualizado. Autorizar en actas de asamblea movimientos relevantes que afecten la vida social, contable y fiscal. Contar con contratos de operaciones relevantes que coincidan con resolutivos de actas de asamblea. Asegurar la fecha cierta de los contratos. Celebrar la asamblea general ordinaria de accionistas para aprobar los estados financieros. Registrar todas las operaciones económicas con base en NIF. Realizar conciliaciones de efectivo, bancarias, de moneda extranjera, de clientes, proveedores y otros. Valuar inventarios y devengar pagos anticipados. Identificar la adquisición de activos fijos y determinar su valor depreciable y residual. Revisar IVA acreditable y trasladado, depósitos en garantía y otras cuentas. Integrar y aplicar pagos por cuenta de terceros. Revisar requisitos para deducción de combustibles (CRE). Registrar deducciones en cuentas de resultados y de orden. Cruzar y enterar retenciones diversas. Integrar pagos de sueldos y salarios, conciliándolos con la contabilidad y el visor de nómina. Conciliar pasivos al 31 de diciembre para quienes acumulan con base en percepción efectiva. F. Personas Físicas: Revisar el estatus en el RFC. Realizar un diagnóstico de ingresos declarados vs. los que corresponden declarar. Revisar erogaciones, incluyendo deducibles y no deducibles, depósitos bancarios y pagos con tarjeta de crédito. Considerar datos informativos de préstamos, donativos, premios, viáticos, enajenación de casa habitación, herencias y legados. G. Sugerencias y Recomendaciones: Evitar prácticas indebidas que puedan generar revisiones del SAT. Tener especial cuidado con las operaciones del mes de diciembre. Preparar la información de deudores y acreedores diversos. Elaborar papeles de trabajo y documentar las operaciones con contratos con fecha cierta. III. Conclusión: Tanto la Iniciativa Fiscal 2025 como las estrategias para el cierre fiscal 2024 se enfocan en el cumplimiento de las obligaciones fiscales y la correcta aplicación de los beneficios y estímulos disponibles. Es fundamental que los contribuyentes se mantengan informados sobre las modificaciones y realicen una planificación adecuada para evitar contingencias fiscales.