14 Min.

3. Consejos si te detiene la policía AGEMFIS TE CUENTA, Podcast jurídico

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En el podcast de hoy, os traigo unos consejos que debes saber en el caso de que seas detenido por la policía y lo primero que os voy a explicar, son los tres momentos o las tres causas por las que nos pueden detener:

A.- RETENIDO PARA IDENTIFICACIÓN
Si te detienen para identificarte, en principio sólo pueden limitar tu libertad de movimientos, pero no pueden quitarte nada. No pueden hacer que declares y la retención debe durar “el tiempo mínimo imprescindible”. Por ejemplo, están haciendo una redada buscando a algún delincuente y tú al estar por el lugar de los hechos, te pueden parar para que te identifiques, es decir, para que les enseñes el DNI y comprueben tu identidad, por lo que, por esta acción te deben retener el tiempo imprescindible y necesario para llevar a cabo esta identificación, si todo esta correcto te deben dejar marchar.

Si por el contrario, encontrasen motivos para retenerte durante más tiempo, ya pasarías a la condición de detenido que explico a continuación

B.- DETENIDO
Cuando estás retenido en calidad de “detenido”, la duración de la detención desde que se te detiene hasta que se te lleve a presencia judicial no pueden pasar más de 72 horas, en ese tiempo tienes los siguientes derechos: ante todo, tienes derecho a negarte a declarar o puedes mentir en tu declaración; también debes tener claro que cualquier cosa que digas puede ser utilizado por la policía para inculparte y en tu contra. Si te ha detenido suceda lo que suceda en comisaría, es decir, declares o no declares, tienes que pasar a disposición judicial, ya que es el Juez el que va a decidir sobre tu situación personal, es decir, es el que decide si te deja en libertad con cargos o si pide tu ingreso en prisión, por lo que, en todo caso, lo mejor es no declarar. Como detenido tienes tienes derecho a que tu detención sea comunicada por la policía a quien tu le digas; a designar un abogado privado o recibir uno de oficio (que no en todos los casos significa que vaya a ser gratis, pero eso ya será motivo de otro artículo), a recibir comida, bebida y unas condiciones de higiene mínimas, a un intérprete, si eres extranjero y a ser visto por un médico si fuera necesario. Si decides declarar, tienes derecho a leer tu declaración y pedir las modificaciones que estimes oportunas y que no se hayan ajustado con lo que tu hayas manifestado y a estar asesorado por un abogado antes de declarar mediante una previa entrevista privada y reservada.

C.- DETENIDO EN INCOMUNICACIÓN
(Ley Antiterrorista): Hasta 5 días de arresto hasta la puesta a disposición de la Audiencia Nacional.

Habiendo explicado las situaciones en las que puedes encontrarte, paso a comentarte lo que deberías hacer en caso de que seas detenido y llevado a comisaría.

1.- MANTENER LA CALMA
Estar tranquilo y colaborar en todo momento con la Policía es lo primero que debéis hacer, ello os facilitará mucho toda la comunicación y trato con la policía.

Tenéis que tener muy claro, que en ningún caso existe una situación de igualdad entre tú como detenido y ellos, es decir, en caso de duda siempre, y digo SIEMPRE, creerán más la versión de un policía que la tuya, ya que la veracidad de ellos se presume, la tuya no.

Dicho lo cual, hay que poner de manifiesto que en toda detención la policía juega con ventaja, ya que entran en juego factores como la intimidación, el desconocimiento de las leyes y del funcionamiento de la detención, así como tu propio miedo, para usarlos en tu contra. Por eso, es tan importante mantener la calma en todo momento.

El único deber que tienes como detenido es mostrar tu D.N.I, para que puedan consultar tu filiiación, de ahí también la importancia de llevar siempre el D.N.I, porque en el caso que no lo lleves encima te pueden retener.

Desde el momento en que te pare un policía tienes una serie de derechos que debes conocer para poder ejercitar. Tienes derecho a ser inf

En el podcast de hoy, os traigo unos consejos que debes saber en el caso de que seas detenido por la policía y lo primero que os voy a explicar, son los tres momentos o las tres causas por las que nos pueden detener:

A.- RETENIDO PARA IDENTIFICACIÓN
Si te detienen para identificarte, en principio sólo pueden limitar tu libertad de movimientos, pero no pueden quitarte nada. No pueden hacer que declares y la retención debe durar “el tiempo mínimo imprescindible”. Por ejemplo, están haciendo una redada buscando a algún delincuente y tú al estar por el lugar de los hechos, te pueden parar para que te identifiques, es decir, para que les enseñes el DNI y comprueben tu identidad, por lo que, por esta acción te deben retener el tiempo imprescindible y necesario para llevar a cabo esta identificación, si todo esta correcto te deben dejar marchar.

Si por el contrario, encontrasen motivos para retenerte durante más tiempo, ya pasarías a la condición de detenido que explico a continuación

B.- DETENIDO
Cuando estás retenido en calidad de “detenido”, la duración de la detención desde que se te detiene hasta que se te lleve a presencia judicial no pueden pasar más de 72 horas, en ese tiempo tienes los siguientes derechos: ante todo, tienes derecho a negarte a declarar o puedes mentir en tu declaración; también debes tener claro que cualquier cosa que digas puede ser utilizado por la policía para inculparte y en tu contra. Si te ha detenido suceda lo que suceda en comisaría, es decir, declares o no declares, tienes que pasar a disposición judicial, ya que es el Juez el que va a decidir sobre tu situación personal, es decir, es el que decide si te deja en libertad con cargos o si pide tu ingreso en prisión, por lo que, en todo caso, lo mejor es no declarar. Como detenido tienes tienes derecho a que tu detención sea comunicada por la policía a quien tu le digas; a designar un abogado privado o recibir uno de oficio (que no en todos los casos significa que vaya a ser gratis, pero eso ya será motivo de otro artículo), a recibir comida, bebida y unas condiciones de higiene mínimas, a un intérprete, si eres extranjero y a ser visto por un médico si fuera necesario. Si decides declarar, tienes derecho a leer tu declaración y pedir las modificaciones que estimes oportunas y que no se hayan ajustado con lo que tu hayas manifestado y a estar asesorado por un abogado antes de declarar mediante una previa entrevista privada y reservada.

C.- DETENIDO EN INCOMUNICACIÓN
(Ley Antiterrorista): Hasta 5 días de arresto hasta la puesta a disposición de la Audiencia Nacional.

Habiendo explicado las situaciones en las que puedes encontrarte, paso a comentarte lo que deberías hacer en caso de que seas detenido y llevado a comisaría.

1.- MANTENER LA CALMA
Estar tranquilo y colaborar en todo momento con la Policía es lo primero que debéis hacer, ello os facilitará mucho toda la comunicación y trato con la policía.

Tenéis que tener muy claro, que en ningún caso existe una situación de igualdad entre tú como detenido y ellos, es decir, en caso de duda siempre, y digo SIEMPRE, creerán más la versión de un policía que la tuya, ya que la veracidad de ellos se presume, la tuya no.

Dicho lo cual, hay que poner de manifiesto que en toda detención la policía juega con ventaja, ya que entran en juego factores como la intimidación, el desconocimiento de las leyes y del funcionamiento de la detención, así como tu propio miedo, para usarlos en tu contra. Por eso, es tan importante mantener la calma en todo momento.

El único deber que tienes como detenido es mostrar tu D.N.I, para que puedan consultar tu filiiación, de ahí también la importancia de llevar siempre el D.N.I, porque en el caso que no lo lleves encima te pueden retener.

Desde el momento en que te pare un policía tienes una serie de derechos que debes conocer para poder ejercitar. Tienes derecho a ser inf

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