VERDAD O MITO: ¿Qué hago si un familiar fallece y tiene un crédito hipotecario?
Mucho hemos hablado de lo que debes tomar en cuenta para comprar una casa o un departamento a crédito, ¿pero sabes qué pasa con un crédito hipotecario cuando fallece el titular? En este episodio, te decimos qué es VERDAD y qué es un MITO sobre:
- Normalmente existe un seguro de vida en caso de que fallezca la persona que solicitó un crédito hipotecario con un banco.
- Para que este seguro aplique, solamente se debe dar aviso a la institución bancaria dentro de los 180 días naturales posteriores al deceso.
- Una vez notificado y aprobado el seguro, el monto de la deuda se liquida directamente con la institución bancaria con la que se tiene el crédito hipotecario.
- En caso de que se trate de un crédito otorgado por el Infonavit, no existe un seguro para solicitar la liberación de la deuda hipotecaria.
- Para hacer el trámite, los familiares del titular fallecido deben acudir a un Centro de Servicio Infonavit o a la oficina de cobranza de la delegación correspondiente.
- Si se trata de un crédito hipotecario del Fondo de la Vivienda del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado (Fovissste), los beneficiarios pueden solicitar la extinción de la deuda.
- Para hacer el trámite, solo se debe presentar el acta o certificado de defunción del titular en línea o en las oficinas de las delegaciones estatales y regionales del ISSSTE.
- Es importante que los titulares de créditos hipotecarios cuenten a sus familiares la situación de sus financiamientos y dónde guardan los documentos de este tipo.
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Información
- Programa
- Canal
- FrecuenciaCada semana
- Publicado6 de noviembre de 2024, 19:01 UTC
- Duración5 min
- Temporada7
- ClasificaciónApto