50 min

ACONTECIMIENTOS EN LA LEY DE CANCELACION DE DEPORTACION/REMOCION PA'LANTE MI GENTE!

    • Education

#034 En este episodio la abogada Barbara Vazquez del bufete de abogados de inmigración, Vazquez & Servi, P.C. los pone al día sobre lo que esta sucediendo con la ley de cancelación de deportación/remoción que ha vuelto a surgir en las noticias y ha vuelto a la Corte Suprema de la nación bajo un escrito de certiorari (Writ of Certiorari).  Se espera que, para noviembre 2020, el Supremo decida si el gobierno puede cumplir con su deber bajo la ley en cuanto a los requisitos de una notificación de comparecencia (“NTA”, por sus siglas en ingles) que por ley debe contener la fecha y hora de la audiencia en ese documento singular, o si puede cumplir con su deber con un documento subsecuente. 
Como podrán escuchar en este episodio, este punto es de suma importancia para personas quienes se encuentran en trámite de remoción y quienes desean defenderse contra la deportación aplicando a la cancelación de remoción. La importancia del tema es que dado a que una notificación de comparecencia, o “NTA”, es el documento que una vez servido al individuo y archivado con el tribunal de inmigración hace que pare de contar el tiempo de los 10 años de presencia física y continúa requeridos como uno de los requisitos estatutarios principales para ser elegible a la cancelación de deportación/remoción. Si el documento es deficiente por no contener la fecha y hora de la audiencia, el argumento es, que tampoco debe servir para detener el reloj de los 10 años.

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https://bit.ly/2FZSPHl

#034 En este episodio la abogada Barbara Vazquez del bufete de abogados de inmigración, Vazquez & Servi, P.C. los pone al día sobre lo que esta sucediendo con la ley de cancelación de deportación/remoción que ha vuelto a surgir en las noticias y ha vuelto a la Corte Suprema de la nación bajo un escrito de certiorari (Writ of Certiorari).  Se espera que, para noviembre 2020, el Supremo decida si el gobierno puede cumplir con su deber bajo la ley en cuanto a los requisitos de una notificación de comparecencia (“NTA”, por sus siglas en ingles) que por ley debe contener la fecha y hora de la audiencia en ese documento singular, o si puede cumplir con su deber con un documento subsecuente. 
Como podrán escuchar en este episodio, este punto es de suma importancia para personas quienes se encuentran en trámite de remoción y quienes desean defenderse contra la deportación aplicando a la cancelación de remoción. La importancia del tema es que dado a que una notificación de comparecencia, o “NTA”, es el documento que una vez servido al individuo y archivado con el tribunal de inmigración hace que pare de contar el tiempo de los 10 años de presencia física y continúa requeridos como uno de los requisitos estatutarios principales para ser elegible a la cancelación de deportación/remoción. Si el documento es deficiente por no contener la fecha y hora de la audiencia, el argumento es, que tampoco debe servir para detener el reloj de los 10 años.

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