Apuntes Jurídicos

Bienvenidos al podcast Apuntes Jurídicos donde nos enfocaremos en hablar sobre aquellos temas que afectan a la población en su día a día. Desde leyes y regulaciones hasta casos y situaciones prácticas, buscaremos cubrir todo lo necesario para que los oyentes tengan una comprensión clara y profunda de los asuntos legales que les rodean. Cada episodio incluirá a expertos en el área, quienes compartirán sus conocimientos y brindarán soluciones a preguntas comunes y desafiantes. Si eres una persona que busca estar informada y preparada ante situaciones legales, este podcast es para ti. Desde dueños de negocios hasta profesionales o ciudadanos de a pie, todos podemos encontrar información valiosa en este espacio. No importa si eres una persona sin conocimientos en el mundo jurídico, aquí encontrarás información que te ayudará a tomar decisiones informadas y proteger tus derechos y bienes. Descubre cómo puedes protegerte y defender tus derechos con la información y consejos valiosos que te brindaremos en cada episodio.

  1. 2d ago

    Cómo organizar la herencia en vida: las ventajas del pacto sucesorio frente al testamento tradicional

    Dejar todos los asuntos patrimoniales bien atados a partir de cierta edad es una preocupación recurrente entre muchas familias. En el espacio habitual de Apuntes Jurídicos en EgunOn Bizkaia, el abogado Sergio Ruiz (de RASL Abogados) ha respondido a varias dudas planteadas por los oyentes sobre cómo organizar la herencia y transmitir bienes en vida con total garantía legal. A la pregunta de por dónde empezar cuando se quiere dejar todo organizado a partir de los 80 años, la recomendación fundamental pasa por informarse adecuadamente antes de tomar cualquier decisión. Sergio Ruiz subraya la importancia de conocer a fondo las diferencias entre otorgar un testamento tradicional o acudir a la figura del pacto sucesorio, una herramienta clave en el marco del Derecho Civil Vasco. "Cuando una persona transmite patrimonio en vida, lo más importante es la protección de esa persona", enfatiza el letrado. La transmisión de bienes no debe generar inseguridad ni dejar desprotegido a quien cede su patrimonio. Para evitarlo, existen fórmulas y cláusulas específicas como la reserva del usufructo, que garantizan que el otorgante mantenga la tranquilidad absoluta y la disponibilidad necesaria sobre sus bienes mientras viva. Una vez asesorado y protegidas las garantías legales, el siguiente paso aconsejable es abordar la decisión en el ámbito familiar con total transparencia. El pacto sucesorio como alternativa para ayudar a los hijos a comprar vivienda Otro de los aspectos abordados durante la consulta legal ha sido el uso del pacto sucesorio para facilitar el acceso a la vivienda a los hijos. Ante las dificultades y exigencias de las comisiones de riesgo de las entidades bancarias al conceder un préstamo hipotecario, la transmisión de bienes en vida permite dotar de patrimonio suficiente al hijo o hija solicitante sin necesidad de recurrir a los avales bancarios tradicionales. El abogado de RASL Abogados advierte contra los riesgos de avalar operaciones hipotecarias, ya que el banco dispone de acción directa contra los avalistas en caso de impago, lo que puede comprometer seriamente el patrimonio de los padres o generar situaciones complejas ante eventuales rupturas de pareja. A través de la transmisión en vida con reserva de usufructo, se aporta la garantía patrimonial requerida por las entidades financieras asegurando la protección integral del patrimonio familiar. ¿Se puede modificar un pacto sucesorio ya firmado? En cuanto a la posibilidad de alterar o complementar un pacto sucesorio, Ruiz explica que se trata de un ordenamiento completo y definitivo sobre el patrimonio presente y futuro, por lo que es poco habitual tener que modificarlo si se ha diseñado meticulosamente desde el principio. No obstante, existen situaciones excepcionales —como incrementos patrimoniales sobrevenidos o cambios sustanciales en las circunstancias— en las que es posible realizar revisiones o complementos al acuerdo original, siempre manteniendo la cobertura jurídica que ofrece esta figura en el derecho sucesorio.

  2. 4d ago

    ¿Se puede dejar más en herencia a un hijo que a otro en Bizkaia?

    Con la vuelta a la rutina tras el periodo vacacional, el espacio ‘Apunte Jurídico’ de EgunOn Bizkaia recupera su habitual doble sesión semanal para responder a las dudas legales más comunes de la audiencia. De la mano del letrado Sergio Ruiz, de RASL Abogados, repasamos las claves del reparto hereditario en nuestro territorio, la flexibilidad que otorga la normativa vasca frente al régimen común y las mejores fórmulas para garantizar la tranquilidad familiar en la transmisión del patrimonio. Libertad de elección en la legítima colectiva vasca Una de las consultas más frecuentes entre los ciudadanos de Bizkaia es si resulta legal favorecer a un hijo frente a otro en la herencia. La respuesta es rotundamente afirmativa. Gracias a la entrada en vigor de la Ley de Derecho Civil Vasco en octubre de 2015, en Euskadi impera el concepto de legítima colectiva. Esta figura exige reservar una parte de la herencia para el conjunto de los descendientes, pero otorga al testador la plena libertad de elegir a uno o varios descendientes para recibirla, pudiendo distribuir los bienes en la proporción que desee. Asimismo, la legislación vasca contempla la posibilidad de utilizar la figura del apartamiento. Mediante este mecanismo, el testador puede apartar a cualquiera de sus sucesores sin necesidad de justificar la decisión; basta con no mencionarlo expresamente en el testamento para que quede excluido de la herencia. Esta herramienta se diferencia sustancialmente de la desheredación convencional, la cual exige la invocación y demostración de causas graves como el maltrato o la falta continuada de relación. ¿Cuándo conviene revisar o actualizar el testamento? El testamento es una declaración unilateral redactada habitualmente en previsión de contingencias futuras. Sin embargo, las circunstancias personales, familiares y patrimoniales evolucionan con el paso del tiempo, por lo que resulta imprescindible revisar el testamento cuando acontecen cambios significativos en la vida del testador. A pesar de su utilidad, el testamento presenta una limitación estructural: solo despliega su eficacia tras el fallecimiento del otorgante, lo que impide a este comprobar en vida si se respeta su voluntad o si surgen disputas entre los herederos. El pacto sucesorio como alternativa para evitar conflictos Para solventar las carencias del testamento tradicional, desde RASL Abogados destacan el valor del pacto sucesorio, una de las figuras más potentes del Derecho Civil Vasco. A diferencia de las disposiciones de última voluntad, el pacto sucesorio permite formalizar la transmisión del patrimonio en vida de forma acordada y consciente entre las partes. Entre sus principales ventajas destaca la erradicación del conflicto familiar, ya que las decisiones se adoptan con la conformidad de todos los involucrados mientras los progenitores disfrutan de plenitud de facultades. Además, esta fórmula ofrece un marco de seguridad jurídica y serenidad para el futuro, complementado con importantes incentivos fiscales, como la exención tributaria de hasta 400.000 euros de padres a hijos en las transmisiones patrimoniales familiares. Cuidado de mayores, residencias y protección del patrimonio Otra inquietud recurrente es la gestión de los bienes cuando una persona mayor comienza a necesitar cuidados de larga duración o el ingreso en una residencia pública foral. Ante el elevado coste de estos servicios, la Diputación computa el patrimonio del solicitante para determinar su aportación económica, obligando a responder con los ahorros y bienes disponibles. No obstante, la normativa actual protege la vivienda habitual, la cual no es computada por la institución foral para costear la estancia residencial. Para equilibrar el bienestar de los mayores y la preservación del legado familiar, los expertos recomiendan realizar una planificación patrimonial con antelación, combinando el uso prudente de los recursos para la dependencia con pactos sucesorios que garanticen la transmisión ordenada de los bienes.

  3. Sep 3

    Vuelve ‘Apuntes Jurídicos’ a EgunOn Bizkaia: ¿Puedo pedir al banco las cuentas de mi madre?

    La sección ‘Apuntes Jurídicos’ ha regresado a EgunOn Bizkaia con Pablo de los Ríos Enríquez, letrado de RASL Abogados. En esta primera entrega del espacio, abordamos cuestiones del día a día como el control de las cuentas bancarias de familiares mayores, la validez de un testamento en personas con deterioro cognitivo, los plazos de preaviso en alquileres y qué hacer ante la instalación defectuosa de una cocina. Cuentas bancarias de personas mayores: Autonomía y transparencia familiar Una oyente de Durango plantea sus dudas sobre los movimientos bancarios de su madre mayor, gestionados por uno de sus hermanos con autorización. ¿Puede el resto de la familia exigir información al banco? Como explica Pablo de los Ríos Enríquez, lo fundamental es valorar el estado y la voluntad de la persona mayor. Si la madre conserva sus plenas facultades mentales, prevalece la autonomía de la persona y la ley de protección de datos, por lo que el banco no facilitará información a otros hijos. En caso de existir un deterioro cognitivo o demencia, se puede recurrir a un procedimiento de jurisdicción voluntaria para nombrarle un apoyo legal que establezca obligaciones de transparencia. No obstante, la solución más recomendable es el diálogo familiar: sentarse a hablar, buscar la cotitularidad o la supervisión compartida para garantizar la tranquilidad de todos. Testamentos y alzhéimer: ¿Es posible modificar el reparto de la herencia? Desde Amorebieta transmiten el caso de un padre que redactó un testamento muy específico hace años y que actualmente padece alzhéimer. Ante la propuesta de uno de los hermanos de modificarlo, la clave reside en la capacidad del testador. Una persona con el juicio de capacidad mermado no puede cambiar un testamento. Solo el propio testador, de manera autónoma, puede tomar dicha decisión si conserva la lucidez suficiente. Ante la duda, el notario realizará un juicio de capacidad antes de cualquier trámite. Mientras la persona siga con vida, el patrimonio le pertenece de forma exclusiva para su bienestar y cuidado, por lo que las valoraciones sobre la conveniencia del reparto solo tendrán efecto tras su fallecimiento. Recuperar un piso alquilado para un hijo: Plazos y preavisos legales Un propietario de Bilbao consulta cómo recuperar una vivienda cuyo contrato finaliza en tres meses para cedérsela a su hijo. Para recuperar un inmueble arrendado por necesidad personal o de un familiar de primer grado, se requiere una causa sobrevenida justificada (como un divorcio, despido o enfermedad). Si la intención es no renovar simplemente por finalización del plazo en contratos posteriores a 2019, la ley exige un preaviso mínimo de cuatro meses. Al contar únicamente con tres meses de margen, el arrendador estaría obligado a renovar una anualidad más, salvo acuerdo entre las partes o la aplicación de la tácita reconducción. Reformas defectuosas en el hogar: ¿Qué hacer si la tienda no lo arregla bien? Una oyente de Erandio denuncia continuos problemas tras la compra e instalación de una cocina nueva. Tras tres intentos fallidos de reparación, se plantea si es posible exigir la devolución del dinero. En estos casos, exigir la devolución íntegra resulta complicado si el trabajo se ha ejecutado en su mayor parte. Sin embargo, el cliente no tiene por qué soportar reparaciones infinitas. La vía adecuada consiste en dar un margen razonable de solución, solicitar presupuesto a un tercero para arreglar los desperfectos y reclamar la diferencia o descontarla del pago pendiente, comunicándolo formalmente mediante burofax.

  4. Jun 30

    Apuntes Jurídicos: Cómo actuar ante un despido en baja médica y las claves del nuevo índice de alquileres

    En esta edición de Apuntes Jurídicos de EgunOn Bizkaia, despejamos dudas recurrentes de nuestra audiencia. Analizamos situaciones legales cotidianas con la ayuda de RASL Abogados. ¿Qué ocurre si me despiden durante una baja por incapacidad? Es habitual que los plazos procesales generen incertidumbre. Una consulta frecuente se refiere a la demanda de incapacidad absoluta presentada en enero, cuyo juicio se fija para marzo. En este contexto, si el trabajador es despedido y se encuentra en situación de baja médica, es necesario tener claro cómo afecta esta situación al cobro de la prestación. "Tú empezarás a cobrar la pensión desde el día siguiente al que ceses en la empresa", explica Pablo de los Ríos Enríquez. Si se pierde el empleo antes de la sentencia, la baja laboral continúa vigente, pero comienza a descontarse del paro. Es crucial comunicar a la empresa el hecho nuevo —el despido—, acreditar la vida laboral y solicitar que la fecha de efectos de la incapacidad sea el día del despido. De esta forma, se ajustan los atrasos que la Seguridad Social debe abonar en la liquidación. Actualización de rentas y el IRPF Otra consulta plantea la validez de los contratos de alquiler con actualizaciones asociadas al IPC. La inmobiliaria insiste en que el propietario no cambiará esta cláusula. Ante esto, la realidad jurídica actual, respaldada por la Ley de Vivienda, establece un nuevo sistema: el IRAF. "A día de hoy, no se pueden hacer contratos de vivienda sujetos a una actualización de renta del IPC", señala el experto. Se debe acudir al IRAF como método de actualización, ya que es inferior al IPC. En este caso, si el contrato expresa únicamente el IPC, el inquilino tiene derecho a negarse a dicha actualización. Gastos en obras de accesibilidad Finalmente, abordamos la cuestión de las derramas impuestas por la comunidad para instalar o mejorar un ascensor. Aunque un local comercial no haga uso del ascensor, si la obra busca eliminar barreras arquitectónicas por motivos de accesibilidad, el pago es obligatorio para todos los propietarios. "Está obligado todo el mundo: propietarios de locales, de viviendas y de todo tipo de fincas", confirma el abogado. Es esencial revisar el acta de la comunidad y los presupuestos aprobados. Solo los gastos destinados a la supresión de barreras arquitectónicas son obligatorios para todos los propietarios.

  5. Jun 25

    ¿Se puede obligar a un hermano a vender una casa heredada? Las respuestas de RASL Abogados en 'Apuntes Jurídicos'

    En la sección "Apuntes Jurídicos" de EgunOn Bizkaia, de la mano de RASL Abogados, se abordan de manera recurrente las dudas de los oyentes en relación con las herencias. Una de las consultas más habituales es si se puede obligar a vender un inmueble heredado si uno de los hermanos lo pide. La respuesta es afirmativa: cualquiera de los copropietarios puede e istar la venta del inmueble si quiere satisfacer su derecho de propiedad. Cuando varias personas comparten la titularidad de una vivienda, ninguna de ellas está obligada a permanecer en el condominio o proindiviso. Lo idóneo es comunicar el deseo de liquidar esa propiedad al resto; si se ponen de acuerdo y le compensan económicamente, será suficiente. En caso contrario, no quedará más remedio que vender el inmueble. "Tristemente no se puede hacer nada si te piden vender, porque al final lo que se trata es de salvaguardar el derecho de propiedad que tiene cada persona", señala el experto de RASL Abogados, recordando que hay que ponerse de acuerdo o asumir que el otro copropietario tiene base legal. El valor de referencia en bienes heredados Cuando la disputa surge de un bien heredado, habrá que estar al valor que se fijó en el Impuesto de Sucesiones en la herencia para ver cuál es el precio de referencia de la venta. Este valor puede ser un excelente punto de partida para el consenso entre los hermanos, siempre y cuando la herencia sea reciente. Si la adjudicación se realizó hace muchos años, ese valor ya no se corresponderá con la realidad del mercado y no será válido como referencia. Si no existe acuerdo mutuo en el precio, lo normal es que los copropietarios se sometan a una tasación oficial por parte de todos para disponer de un criterio objetivo y compensar a la parte que desea salir de la copropiedad. En cualquier caso, si uno de los herederos manifiesta su voluntad de no continuar en el proindiviso, los demás tendrán que conformarse con ese deseo y actuar en consecuencia. Primeros pasos ante el fallecimiento de un familiar Certificados y la búsqueda del testamento Ante la pérdida de un ser querido, la primera e indispensable incógnita a resolver es saber si otorgó testamento o no otorgó testamento. Para iniciar el proceso, el primer documento necesario es el certificado literal de defunción, disponible a los pocos días del óbito. Transcurrido el plazo de un mes, se podrá solicitar el certificado de actos de última voluntad. En este documento se acredita oficialmente si la persona fallecida testó, en qué fecha y en qué notaría, lo que permite a cualquier persona con derechos hereditarios solicitar una copia del mismo y conocer el alcance de las disposiciones. La vía del abintestato Una vez localizado el testamento, se procede a la formación de inventario (evaluación del activo y del pasivo de la herencia) para deliberar la adjudicación de los bienes. Sin embargo, si no se hubiera otorgó testamento, entra la línea 'abintestato', lo que activa la obligación de realizar una declaración de herederos ante notario con presencia de testigos para determinar la línea sucesoria correspondiente. Este proceso debe ser iniciado obligatoriamente por el interesado que se crea con derecho a la herencia. Planificación y la figura del abogado especializado En el marco sucesorio, cobra especial relevancia el asesoramiento legal. El momento posterior al fallecimiento o la planificación previa puede ser un buen momento para abordar lo que puede ser la transmisión por pacto sucesorio en caso de que uno de los fallecidos sea un cónyuge, permitiendo ordenar el patrimonio de forma segura si existe un cónyuge supérstite. Resulta fundamental estudiar cuál es el inventario de los bienes, cuál es la consecuencia fiscal (como las exenciones de padres a hijos) y qué valoración debe hacerse constar. Una estrategia correcta permite, en muchas ocasiones, proteger el patrimonio mediante pactos sucesorios y dejar transmitidos los bienes a los hijos en vida, evitando que de cara al futuro estos tengan que realizar trámites de herencia complejos. El peligro de las parejas de hecho no inscritas La desprotección legal del conviviente Existe un error muy común entre aquellas parejas que acumulan décadas de convivencia sin formalizar su situación. Ante la pregunta de si un conviviente hereda algo de forma automática tras 20 años de vida en común, la respuesta es rotunda: si no están registrados, no. A los efectos sucesorios, el conviviente no regulado es un extraño o extraña. "El hecho de acreditar una convivencia no es suficiente para entenderse que es una pareja a todos los efectos", advierte el profesional de RASL Abogados, haciendo hincapié en que la ley exige la inscripción formal. Si la relación no está debidamente inscrita como pareja de hecho legalmente constituida en el registro correspondiente (como el Registro de Parejas de Hecho del País Vasco), la consideración fiscal de los bienes que se puedan adjudicar será la de un extraño, lo que implica pagar el máximo impuesto establecido por grados. Consecuencias más allá de la herencia La falta de formalización jurídica no solo afecta al ámbito de las sucesiones, sino que se extiende a otras prestaciones estatales: el conviviente no registrado no podría tener derecho a la pensión de viudedad, por mucho que acredite 20 años de convivencia. La Seguridad Social se muestra hermética en este sentido y deniega el acceso a la pensión si no existe matrimonio o una pareja de hecho legalmente constituida. Además, si existen hijos de por medio, la situación se complica notablemente. Al no ser pareja de hecho oficial, la defensa del patrimonio familiar es más difícil y no se pueden realizar fideicomisos, que son figuras de protección y usufructo hacia los hijos. Variaciones geográficas y régimen económico Es fundamental tener en cuenta que las competencias sobre las parejas de hecho dependen de cada comunidad autónoma. Por tanto, un traslado de residencia o un cambio en la vecindad civil puede alterar por completo los derechos sucesorios que correspondan a un conviviente en su condición de "cónyuge viudo". Finalmente, los abogados expertos aconsejan que, en el momento de constituirse formalmente como pareja de hecho, es muy importante establecer el régimen económico que va a regir esa relación (como la separación de bienes, aplicable por defecto en ciertos territorios) y determinar las condiciones reguladoras en caso de una hipotética ruptura futura.

  6. Jun 18

    ¿Qué hacer si tu empresa no respeta las limitaciones médicas?

    A lo largo de nuestra vida laboral, pueden surgir complicaciones de salud que nos impidan desarrollar las tareas habituales con normalidad. En el programa EgunOn Bizkaia, dentro de la sección "Apuntes Jurídicos", Sergio Ruiz y Pablo de los Ríos, de RASL Abogados, han respondido a la consulta de un oyente que se encuentra de baja y cuya empresa no siempre respeta las limitaciones de peso y movimientos dictadas por la mutua de prevención. El primer paso: Solicitud formal y por escrito Ante una situación en la que el trabajador cuenta con un informe de prevención que acredita una aptitud con limitaciones, la empresa está obligada a respetarlo. Sin embargo, la vía informal no es suficiente. "Lo primero que tiene que hacer es, por escrito, una solicitud de adaptación o cambio de puesto de trabajo. Lo tiene que hacer por escrito, no vale que sea todo informal", subraya Pablo de los Ríos. A partir de ese momento, la pelota está en el tejado de la empresa. No se trata solo de que deba cumplirlo, sino de que "está obligada a respetarlo: o adapta el puesto de trabajo, o explica de forma suficiente por qué no puede hacerlo". La compañía debe dar una respuesta cumplida y justificada en un sentido o en otro. Si la empresa justifica de manera correcta y conforme a derecho que le resulta totalmente imposible adaptar el puesto (analizando factores como el tamaño de la empresa, los centros de trabajo o la cualificación del empleado), se abre un escenario delicado. El trabajador, al forzar esa adaptación, puede encontrarse con la extinción de la relación laboral. "Hablamos de un despido por ineptitud sobrevenida", explican desde RASL Abogados. Se trata de un cese que, al igual que ocurre con los despidos por causas objetivas o económicas, "conlleva una indemnización de 20 días por año y, evidentemente, el derecho al paro". En caso de que la empresa no ofrezca una justificación real o sus explicaciones sean pobres, el trabajador tendría que iniciar un procedimiento judicial para solicitar una tutela de sus derechos fundamentales y obligar a la empresa a adaptar el puesto de trabajo. Por ello, los profesionales recalcan la importancia de intervenir cuanto antes debido a los plazos legales. Cuentas bancarias y herencias: El derecho a liberar fondos para impuestos Otro de los temas recurrentes en el consultorio jurídico es la gestión de las cuentas bancarias tras el fallecimiento de un titular. Sergio Ruiz recuerda que las entidades bancarias tienen la obligación de bloquear la cuenta automáticamente en cuanto tienen conocimiento del fallecimiento para evitar salidas de dinero no justificadas. No obstante, este bloqueo tiene matices muy importantes que los herederos deben conocer: Respetar los recibos domiciliados: El banco puede bloquear la cuenta, pero "lo que no pueden hacer es evitar que todos los pagos que estaban domiciliados en esa cuenta no se puedan hacer", ya que dejarían a los herederos en una situación muy delicada. Anticipo para el Impuesto de Sucesiones: Las entidades bancarias exigen la liquidación del impuesto de sucesiones para tramitar la herencia, un trámite que a veces resulta costoso para las familias. Lo que mucha gente desconoce es que "podemos exigir a la entidad bancaria que adelante los fondos necesarios para el pago del impuesto de sucesiones". "El ciudadano tiene todo el derecho a exigir a las entidades bancarias que liberen esos fondos para pagar el impuesto de sucesiones y no tener que adelantarlo con tu propio patrimonio", afirma rotundamente Ruiz, quien reconoce que los bancos suelen poner muchas trabas en este proceso, por lo que a menudo se requiere la intervención de profesionales o de la propia Hacienda Foral. ¿Se puede vender una casa alquilada? A la pregunta de si un propietario puede vender una vivienda que tiene alquilada y si el nuevo comprador puede desalojar a los inquilinos, la respuesta de la ley es clara. Con carácter general, "quien la compre está obligado a respetar al menos los cinco primeros años de vigencia del contrato de alquiler", siempre y cuando el inquilino cumpla con sus obligaciones de pago y conservación. Además, surgen problemas prácticos como el derecho a enseñar el piso a futuros compradores. Al ser el hogar del inquilino, este no está obligado a dejar entrar a nadie para enseñar la casa a menos que esté expresamente regulado por contrato. Por ello, desde el bufete recomiendan redactar cláusulas específicas o firmar un anexo en el que se pacten los horarios de visita a cambio de alguna compensación, como renunciar a la actualización anual de la renta. Por último, los abogados insistieron en la recomendación de hacer testamento siempre, independientemente de los bienes que se posean, ya que evita a los familiares tener que realizar un costoso y largo expediente notarial de declaración de herederos (abintestato) en caso de fallecimiento.

  7. Jun 16

    El porqué de los pactos sucesorios y cómo actuar ante el impago de salarios

    El espacio "Apuntes Jurídicos" en el programa EgunOn Bizkaia de Radio Popular ha vuelto a abrir sus puertas para resolver las dudas legales de los oyentes con el asesoramiento de RASL Abogados. En esta ocasión, Sergio Ruiz y Pablo de los Ríos han abordado escenarios como el fallecimiento de un hijo tras firmar un pacto sucesorio, los impagos laborales y la transmisión del usufructo de una vivienda sin ceder su propiedad. ¿Qué ocurre si falta un hijo tras el pacto sucesorio? A la hora de diseñar un pacto sucesorio, los profesionales insisten en la importancia de adelantarse a cualquier hipótesis futura. Ante la dura situación de que uno de los hijos instituidos fallezca, la clave radica en la previsión del documento. "En el pacto sucesorio hay que preverlo... lo hacemos contemplando todas las posibles hipótesis que puedan existir en el futuro", explica Sergio Ruiz, director del despacho. En estos casos, lo habitual es estipular que los instituidos sean sustituidos por sus descendientes si los tuvieran. De no ser así, la parte correspondiente al fallecido se distribuye entre el resto de los instituidos mediante una fórmula de acrecimiento. Al tratarse de un acercamiento global a la gestión del patrimonio, se recomienda dejarlo todo bien atado mientras las personas se encuentran en plenas facultades para decidir. Dos meses sin cobrar: ¿qué se puede hacer? El ámbito laboral deja a veces situaciones críticas. Ante la pregunta de un oyente cuya empresa no le paga desde hace dos meses, los expertos son claros: nunca se debe solicitar la baja voluntaria. Hacerlo rescinde el contrato, pero se pierde el derecho al desempleo y a posibles bonificaciones o indemnizaciones. La vía legal adecuada es la solicitud de extinción del puesto de trabajo por incumplimiento empresarial. Sin embargo, para iniciar este procedimiento judicial, el impago debe alcanzar un mínimo exigido. "Tiene que esperar por desgracia a que el impago llegue al tercer mes", advierte Pablo de los Ríos. Con tres meses consecuentes de impago se puede demandar. Si el tribunal constata que los tres meses de impago son efectivos a la fecha de la demanda, declarará extinguida la relación laboral. Esto permite al trabajador acceder al paro y recibir una indemnización equivalente a la de un despido improcedente (33 días por año), además del abono de las cantidades adeudadas. Incluso si la empresa tiene un patrón de impagos reiterados no consecutivos para "manipular" los plazos, también se puede interponer esta acción judicial. Disfrutar de la vivienda sin ser el propietario Por último, el espacio analizó la opción de ceder el uso de un inmueble pero no su titularidad, una figura jurídica muy común denominada usufructo. Se trata de una alternativa idónea para situaciones familiares específicas, como cuando se desea otorgar una tutela especial a un familiar en peor situación económica frente a sus hermanos. De este modo, se transmite el derecho de uso y posesión (usufructo), mientras que la propiedad (nuda propiedad) queda en manos de otra persona. Esta transmisión puede articularse mediante donación, herencia, compraventa o pacto sucesorio, delimitando siempre con claridad los derechos y obligaciones de cada parte.

  8. Jun 11

    ¿Cuándo se puede recuperar un piso alquilado para un hijo? Las claves legales con la nueva Ley de Vivienda

    La actualidad jurídica genera un mar de dudas entre los ciudadanos, especialmente cuando se mezcla el ámbito familiar con el patrimonial. En la última entrega de la sección "Apuntes Jurídicos" del programa EgunOn Bizkaia en Radio Popular, los abogados Sergio Ruiz y Pablo de los Ríos aclararon varios supuestos complejos relacionados con los contratos de alquiler y las herencias. El "factor fecha": clave en los contratos de alquiler Una de las consultas más frecuentes entre los oyentes tiene que ver con la recuperación de una vivienda alquilada para uso propio o familiar. En este caso, una oyente planteaba cómo proceder con un piso en San Ignacio (Bilbao) arrendado desde enero de 2023, que ahora necesita para su hijo tras finalizar sus estudios universitarios. El abogado Pablo de los Ríos subraya que lo primero a tener en cuenta es la fecha del contrato, ya que la normativa aplicable varía drásticamente. "Dependiendo el año en el que se haya firmado el contrato, se pueden aplicar unos artículos de la Ley de Arrendamientos Urbanos u otros", explica. Al ser un contrato de enero de 2023, es anterior a la entrada en vigor de la actual Ley de Vivienda (mayo de 2023) y a las restricciones de las zonas tensionadas. "A menos que las partes así lo acuerden, no les serán aplicadas esas características de zona tensionada, con lo que solo operarían los 5 años" de prórroga obligatoria que establece la ley para el inquilino. Por tanto, el contrato estará blindado, como mínimo, hasta enero de 2028. La finalización de los estudios no es "causa de necesidad" Respecto a la intención de la propietaria de recuperar el inmueble para su hijo, el letrado advierte que el argumento esgrimido no se sostiene jurídicamente como una urgencia imprevista. "Que mi hijo ha acabado la carrera y necesita la vivienda no es una causa de terminación anticipada", afirma De los Ríos, aclarando que no entra dentro de la denominada "causa de necesidad" legal (como podría ser un divorcio o una situación sobrevenida de viudedad). Al ser una circunstancia previsible en 2023, el propietario debe respetar los plazos. Para evitar que el contrato se prorrogue automáticamente año a año tras cumplirse el primer lustro, la propiedad debe actuar con antelación: Plazo estricto: Se debe enviar una comunicación fehaciente al inquilino con cuatro meses de antelación. Fecha límite: Tomando como referencia enero de 2028, "que no llegue el 1 de septiembre de 2027 sin que le haya mandado esta comunicación". Vía legal: Aunque los contratos modernos ya estipulan el correo electrónico como canal válido, se aconseja el uso de burofax para asegurar la eficacia jurídica. ¿Heredar un patrimonio puede ponerlo en peligro si se tienen deudas? El consultorio jurídico también abordó los riesgos patrimoniales en las herencias. A la pregunta de si un heredero con deudas puede perder lo que le corresponde, la respuesta es clara: depende de cómo se acepte y de la naturaleza de los bienes. Si un heredero tiene acreedores reclamándole y acepta una herencia de forma tradicional, "esos acreedores pueden llegar a embargar también lo que tú recibas", señala el abogado. Sin embargo, existe un matiz técnico importante si lo que se hereda es la nuda propiedad (la propiedad del bien pero sin el uso y disfrute, el cual corresponde al usufructuario). En ese escenario, "va a ser difícil que un acreedor pueda embargar esa nuda propiedad y, por lo tanto, no correría peligro". El despacho aconseja analizar al detalle el tipo de acreedor y la antigüedad de la deuda, ya que a veces "pueden haber podido prescribir" o el nuevo patrimonio puede convertirse en una excelente herramienta para negociar una quita de la deuda.

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